“Sin embargo, es necesario recordar que el delito de homicidio doloso ya es considerado delito grave. Es decir, ya merece prisión preventiva automática. A pesar de esto el año pasado se cometieron la mayor cantidad de homicidios dolosos, por lo tanto, la prisión la prisión preventiva oficiosa no logró reducir la impunidad ni la incidencia para este delito”.
Ha continuado el debate sobre la prisión preventiva oficiosa, una de las propuestas legislativas que hizo el presidente Andrés Manuel López Obrador. La reforma al 19 constitucional, en estos momentos, se airea en comisiones de San Lázaro. En paralelo a estas discusiones, hay ciudadanos que opinan.
Todos estaban ahí con la chapa de ciudadanos; pero más bien se les identificaba como expertos del Derecho. Estefanía Medina Ruvalcaba, egresado de Derecho de la Universidad Iberoamericana, dijo: “Tenemos un problema de impunidad denominado puerta giratoria, pero definitivamente es un falso dilema pretender que a través de incrementar el catálogo de los delitos de prisión preventiva oficiosa va a ser la forma en la que vamos a contener esta puerta giratoria”.
Fernanda Dorantes Arteaga es catedrática de la Facultad de Derecho de la UNAM. Dijo: “La prisión preventiva debe de ser el resultado de una decisión judicial y no de una acusación. Debe ser el resultado de una decisión judicial en la que se hayan respetado las garantías procesales y los principios del Sistema Penal Acusatorio. Debe obedecer también a los principios de la propia imposición de esta medida cautelar, que es la legalidad, la proporcionalidad y la necesidad.
“En este sentido tenemos que las partes procesales, Ministerio Público y defensa, tienen el deber de convencer al juez y que este, con el arbitrio judicial que detenta, decida y se pronuncie sobre la necesidad o no, de determinada medida cautelar, entre ellas la prisión preventiva oficiosa, recordando que la ley nos presenta un catálogo, estableciendo que justamente la imposición de la prisión preventiva será de carácter excepcional”.
El ciudadano Adrián Franco Zevada: “Lleguemos a nuestras casas y digámosle a nuestras familias, a nuestra gente: Cuidado que se te acabe la gasolina, porque si tú vas a comprar gasolina en un botecito, en un botellón o alguien te saca gasolina, eso es delito grave o por lo menos eso no es delito grave, pero lo que sí es delito grave o lo que sí es un hecho que es susceptible de prisión preventiva oficiosa son los datos de prueba objetivos, que pareciera ser que el señor o la persona tiene un bidón de gasolina de un litro o de lo que fuese.
Cuando vayan a casa de alguien revisen, por favor, que no lleven nada en sus bolsas, ni un cenicero ni una toalla ni en un hotel, porque si ponemos el robo a casa-habitación como delito sujeto de prisión preventiva oficiosa, de ahí se va a la cárcel mientras dure su juicio, mientras dure su proceso.
“Nosotros queremos que haya un México de justicia, que haya un México de Estado de derecho, todos los que estamos aquí lo queremos. Este no es el camino”.
Y el ciudadano Guillermo Zepeda Lecuona: “Hay estados que están revirtiendo la espiral de violencia y de impunidad y tienen buenas prácticas. Justo cuando con impunidad cero y polimetría sacamos este ranking de procuradurías.
“En órdenes de aprehensión, por ejemplo, Sinaloa tiene unidades de investigación dedicadas todo el tiempo a dar con el paradero, sobre todo tiene 12 mil órdenes de aprehensión, pero hay una unidad de investigación dedicada a las 300 claves para realmente los delitos de alto impacto.
“Entonces empezaron el tema de mecanismos alternativos de solución de controversias, hay modelos muy exitosos como el de Coahuila, Guanajuato, Baja California, y Tabasco.
“… Actualmente hacemos el Ministerio Público porque tenemos en el ADN procesal mexicano la figura del juez de instrucción, que era el juez que recibía al detenido. Ahora ya no hay juez de instrucción, hay un fiscal y le seguimos dando esas facultades para los que no tienen ni autonomía ni independencia.
“En los sistemas acusatorios la puesta a discusión es ante el juez, y eso quitaría esta mina de oro que es el artículo 138 y 140, porque ya ahora es discrecional si te dejo en libertad con las reservas de ley o no, y es un cambio institucional y lo que ya comentamos, el problema de México, y aquí lo señalaban muy bien, es la impunidad y el catálogo de delitos graves no aporta en nada al tema que es fundamental, que es el de la investigación.
“Qué bueno que se refiere a que se privilegian las acciones preventivas y de origen, al origen de la delincuencia, en vez de lo coercitivo. Pero sí decir que no hay nada más coercitivo que la prisión, y no hay nada más coercitivo e injusto que una prisión preventiva oficiosa”.
No las tendrá fácil Morena, a la hora de debatir las propuestas del presidente en materia de prisión preventiva oficiosa. Veremos.
Fuente: Zócalo de Saltillo.
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